Administración fiscal

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Actualizado el:
5/9/2024

Periodo impositivo

El período impositivo suele ser el año natural.

Declaraciones y pago de impuestos

Como norma general, las declaraciones de la renta española deben presentarse e ingresarse entre el 11 de abril y el 30 de junio siguientes al cierre del ejercicio fiscal. El periodo de declaración e ingreso del IRPF se establece anualmente por orden ministerial y suele finalizar el 30 de junio.

Con carácter general, debe presentar la declaración del IRPF la persona residente en España cuyos rendimientos íntegros del trabajo superen los 22.000 euros (para declaraciones conjuntas y por separado) durante el año natural o los 15.876 euros para contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo de más de un pagador si las cantidades obtenidas por el segundo y sucesivos pagadores superan los 1.500 euros. Las personas residentes en España también están obligadas a presentar una declaración de la renta si obtienen otros rendimientos del trabajo personal por encima de determinadas cantidades especificadas por ley.

La tributación individual es la forma básica de tributar por el IRPF, pero los miembros de las unidades familiares pueden optar por tributar conjuntamente de acuerdo con las siguientes reglas:

  • Unidades familiares compuestas por cónyuges no separados legalmente y, en su caso:
  • Hijos menores de edad, salvo que, con el consentimiento de sus padres, vivan de forma independiente.
  • Los hijos mayores de edad incapacitados sometidos judicialmente a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
  • En los casos de separación legal, o cuando no exista vínculo matrimonial, las unidades familiares formadas por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con cualquiera de ellos y que cumplan los requisitos anteriores.
  • Una persona no puede formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo.
  • Los miembros de la unidad familiar se determinan en función de la situación familiar a 31 de diciembre de cada año.

Los no residentes tributan individualmente y no pueden optar por tributar conjuntamente. Las rentas no obtenidas a través de un establecimiento permanente tributan por cada devengo individual total o parcial de base imponible.

Retenciones sobre los rendimientos del trabajo

Las retenciones se practican sobre los rendimientos del trabajo a los tipos impositivos progresivos establecidos (para más información, consulte el apartado Impuestos sobre la renta de las personas físicas).

Para los rendimientos generados por actividades profesionales, el tipo general de retención es del 15%, con algunas excepciones.

Los mismos tipos de retención se aplicarán a los rendimientos del trabajo generados por la impartición de cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares, o por la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho de explotación de las mismas.

En ambos casos, los tipos de retención se reducirán en un 50% si las rentas tienen derecho a la deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla.

También se practican retenciones al tipo del 19% sobre los siguientes conceptos:

  • Rendimientos del capital mobiliario.
  • Ganancias patrimoniales generadas por transmisiones o pagos de participaciones de instituciones de inversión colectiva.
  • Las ganancias patrimoniales generadas por la utilización o aprovechamiento forestal por personas residentes en montes públicos que se establezcan en la normativa de desarrollo de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Premios otorgados en juegos, concursos, loterías o sorteos promocionales, vinculados o no a la oferta, promoción o venta de determinados bienes, productos o servicios no sujetos al gravamen especial sobre las rentas del juego.
  • Rentas generadas por arrendamientos o subarrendamientos de bienes inmuebles urbanos.
  • Rentas generadas por la propiedad intelectual o industrial, prestación de asistencia técnica, arrendamientos o subarrendamientos de bienes muebles, negocios o canteras.

Se practican retenciones sobre los rendimientos del trabajo obtenidos por administradores y miembros de consejos de administración o de juntas o comités que representen a dichos administradores, y otros órganos representativos, al tipo del 35% (19% para las empresas cuyo volumen de negocios en el ejercicio fiscal anterior haya sido inferior a 100.000 EUR).

El tipo de retención sobre las cantidades destinadas a cesiones de derechos de imagen por contribuyentes del IRPF que mantengan una relación laboral con una persona o empresa/entidad es del 19% si el contribuyente ha cedido a dicha persona o empresa/entidad el derecho a comerciar o el consentimiento o autorización para utilizar la propia imagen en actos con personas o empresas/entidades residentes o no residentes en España. La retención por otras cesiones de derechos de imagen es del 24%.

Los premios de loterías y juegos están sujetos a una retención o ingreso a cuenta del 20% del gravamen especial sobre los rendimientos del juego.

Las retenciones se imputan a la cuota íntegra del impuesto.

Límite de 1.000 euros para los pagos en efectivo

Los pagos en efectivo superiores a 1.000 euros no están permitidos en transacciones en las que al menos una de las partes sea una persona que ejerza una actividad empresarial o profesional. 

Tanto el pagador como el receptor de estos pagos en efectivo deberán pagar multas de hasta el 25% del importe.

Obligación de revelar los activos situados en el extranjero

La Ley 7/2012 introdujo la obligación de revelar activos como cuentas, acciones o bienes inmuebles situados en el extranjero. Se previeron multas severas (un mínimo de 10.000 euros) por incumplir esta obligación.

Además, los bienes respecto de los cuales no se cumpla la obligación de declaración en el plazo establecido se consideran ganancias patrimoniales no justificadas para los contribuyentes del IRPF y se imputan al período impositivo más antiguo de los no prescritos. Los incumplimientos de la obligación de declarar estas rentas solían ser infracciones muy graves y se imponían multas del 150% de la cuota íntegra.

Sin embargo, en enero de 2022, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea concluyó, tras algunos años de incertidumbre en relación con el régimen sancionador anterior, que dicho régimen era contrario al Derecho de la UE.

En consecuencia, se actualizó el sistema tributario español, revisando y reduciendo considerablemente el régimen sancionador anteriormente establecido.

La Orden HFP/886/2023, de 26 de julio de 2023, que entró en vigor el 27 de julio de 2023, introdujo la obligación de declarar las criptomonedas situadas en el extranjero, a través del modelo fiscal 721. El plazo para declarar las criptomonedas situadas en el extranjero propiedad del contribuyente en el ejercicio fiscal 2023 es del 1 de enero de 2024 al 31 de marzo de 2024.

Inspecciones tributarias

La Agencia Tributaria española cuenta con un departamento de inspecciones tributarias que se encarga de:

  • Comprobar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  • Regularizar la situación fiscal del contribuyente mediante la emisión de actas tributarias, si es necesario.

Este departamento puede:

  • Investigar a los contribuyentes para verificar si algún hecho relacionado con las obligaciones fiscales ha sido ignorado.
  • Comprobar la exactitud de las declaraciones fiscales presentadas.

Las declaraciones de la renta que se examinan se seleccionan en función de varios criterios, tales como:

  • Selección aleatoria.
  • Diferencias en ingresos o ganancias patrimoniales detectadas al comparar las declaraciones de distintos contribuyentes.
  • Diferencias significativas en el patrimonio declarado en años consecutivos.
  • Signos externos de riqueza, como adquisiciones de propiedades residenciales, coches de lujo, activos financieros o embarcaciones de recreo por importantes sumas de dinero.

Si los contribuyentes no están de acuerdo con una liquidación tributaria emitida por el departamento de inspección tributaria, pueden presentar un recurso: En primer lugar, ante el tribunal económico-administrativo. Si el recurso no es estimado, ante los tribunales ordinarios.

Los contribuyentes que hayan pagado cantidades incorrectas de impuestos pueden reclamar la devolución de los impuestos pagados en exceso dentro del plazo de prescripción (cuatro años), mediante un procedimiento especial que se inicia con la presentación de una solicitud ante las autoridades fiscales.

Prescripción

El plazo de prescripción de los impuestos en España es de cuatro años, contado a partir del día siguiente a la finalización del período voluntario de presentación de declaraciones.

Este plazo puede reanudarse si:

La administración tributaria realiza cualquier actuación o procedimiento para reconocer, regularizar, revisar, inspeccionar, garantizar o recaudar la totalidad o parte de una obligación tributaria, con el reconocimiento formal del contribuyente.

El contribuyente lleva a cabo actuaciones como:

  • Presentación de una declaración tributaria nueva o fuera de plazo que modifique o rectifique una declaración anterior.
  • Presentación de un recurso o reclamación en relación con el impuesto.

Temas de interés para las autoridades fiscales

Cada año, las autoridades fiscales españolas publican directrices generales sobre el plan anual de control fiscal y aduanero. Estas directrices identifican las áreas prioritarias para la verificación, inspección y control durante el ejercicio fiscal correspondiente.

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Jordi Quintana
Asesor fiscal - Especialista en fiscalidad internacional y negocio en Medio Oriente - Fundador de IBÉRICO
jordi@gestoriaiberico.com
Saul Hidalgo
Asesor fiscal y abogado - Especialista en fiscalidad internacional, procesos tributarios en España y ex-Director en La Caixa - Director Legal y Financiero en IBÉRICO
saul@gestoriaiberico.com
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