Se introdujo en los Emiratos Árabes Unidos el 1 de enero de 2018. El tipo general del IVA es del 5% y se aplica a la mayoría de bienes y servicios. Sin embargo, ciertos bienes y servicios están sujetos a un tipo del 0% o a una exención del IVA.
Tipo del 0%: Se aplica a:
◦ Bienes y servicios exportados fuera de los Estados miembros del Consejo de Cooperación del Golfo (CCG) que aplican el IVA.
◦ Transporte internacional.
◦ Suministro de petróleo crudo y gas natural.
◦ Primera entrega de bienes inmuebles residenciales.
◦ Áreas específicas como atención sanitaria y educación.
Exenciones: Se aplican a:
◦ Servicios financieros específicos.
◦ Suministro posterior de bienes inmuebles residenciales.
◦ Transacciones de terrenos sin edificar.
◦ Transporte nacional de pasajeros.
Además, según la Decisión del Consejo de Ministros del 4 de junio de 2020, una persona se considerará «fuera del Estado» para efectos de aplicar el tipo cero en la exportación de servicios si su presencia en el país es de corta duración (menos de un mes) y no está efectivamente relacionada con el suministro.
Empresas Residentes:
◦ Umbral de registro obligatorio: 375,000 AED.
◦ Umbral de registro voluntario: 187,500 AED.
Empresas No Residentes: No hay umbral de registro; el IVA debe aplicarse en
todas las entregas sujetas al IVA en los EAU.
• Agrupación para efectos del IVA: Siempre que se cumplan determinadas condiciones..
• Documentación y Registro específicos: Incluye la emisión de facturas fiscales y la presentación de declaraciones de IVA (trimestrales o mensuales, según asignación de la Autoridad Fiscal Federal [FTA]).
El exceso de IVA soportado puede ser reclamado a la FTA mediante un procedimiento específico. Alternativamente, los créditos de IVA pueden trasladarse y deducirse del IVA repercutido en el futuro.
Las empresas que incumplan las obligaciones fiscales en materia de IVA pueden enfrentar multas fijas y sanciones coercitivas.
Se impone un derecho de aduana general del 5% sobre el valor de coste, seguro y transporte de las importaciones. Sin embargo, se pueden aplicar tipos diferentes a mercancías específicas, como alcohol y tabaco, y se pueden conceder exenciones o desgravaciones en ciertos casos. Además, los EAU imponen derechos antidumping a determinadas mercancías, como baterías de automóviles, baldosas de cerámica y porcelana, y cemento hidráulico. Los tipos de derechos antidumping varían según los códigos del Sistema Armonizado (SA) y el país de exportación o de origen.
Unión Aduanera del CCG: Forman parte de la Unión Aduanera del Consejo de Cooperación del Golfo (CCG), establecida en 2003 para eliminar las barreras aduaneras y comerciales entre los Estados miembros. No se aplican derechos de aduana sobre el comercio entre los Estados miembros del CCG, sujeto a ciertas condiciones.
Acuerdos de Libre Comercio: Conceden importaciones libres de impuestos para la mayoría de las mercancías originarias de países que forman parte del Gran Acuerdo Árabe de Libre Comercio, Singapur, la Asociación Europea de Libre Comercio (Noruega, Suiza, Islandia y Liechtenstein), Israel e India.
Zonas Francas: Aunque las zonas francas en los EAU se encuentran dentro del territorio nacional, se consideran fuera del ámbito del territorio aduanero. Las mercancías importadas en las zonas francas no están sujetas a derechos de aduana, y estos derechos se suspenden hasta que las mercancías se introduzcan en el mercado local del CCG.
El 1 de octubre de 2017, introdujeron un impuesto especial sobre ciertos productos, incluyendo tabaco y productos relacionados, bebidas gaseosas y bebidas energéticas. A partir del 1 de diciembre de 2019, el alcance del impuesto especial se amplió para incluir bebidas azucaradas, dispositivos y herramientas electrónicas para fumar, así como los líquidos utilizados en estos dispositivos.
Tipos Impositivos Aplicables:
100%:
◦ Tabaco y productos del tabaco.
◦ Dispositivos y herramientas electrónicas para fumar.
◦ Líquidos utilizados en dispositivos y herramientas electrónicas para fumar.
◦ Bebidas energéticas.
50%:
◦ Bebidas gaseosas.
◦ Bebidas azucaradas.
Impuesto Municipal o Sobre la Propiedad
En la mayoría de los Emiratos Árabes Unidos, se impone un impuesto municipal sobre las propiedades, que generalmente se calcula en función del valor del alquiler anual. Este impuesto suele ser pagado por los inquilinos, aunque en algunos casos, tanto inquilinos como propietarios deben abonar tasas separadas.
Ejemplos de Aplicación del Impuesto en Dubai:
◦ Inmuebles Comerciales: 2,5% del valor de alquiler anual, pagado por los
propietarios.
◦ Inmuebles Residenciales: 5% del valor de alquiler anual, pagado por los
inquilinos.
Además, se puede aplicar una tasa de registro para la transferencia de la propiedad de terrenos o bienes inmuebles. En Dubai, por ejemplo, se cobra una tasa de registro del 4% del valor de mercado de la propiedad. Esta tasa también puede aplicarse a la transferencia directa o indirecta de acciones en una entidad que posee bienes inmuebles.
Los gravámenes relacionados con propiedades se imponen y administran de manera diferente en cada emirato.
Actualmente no existe en los EAU.
Actualmente no se aplica un impuesto sobre la renta de las personas físicas, así que los empleadores no están obligados a retener impuestos de las nóminas de sus empleados.
En los EAU, el régimen de seguridad social se aplica únicamente a empleados nacionales de los EAU y de otros países del Consejo de Cooperación del Golfo (CCG, o GCC en inglés) que cumplan con los requisitos establecidos. Los trabajadores que no sean nacionales del CCG no están sujetos a este régimen de seguridad social.
Cotización para empleados nacionales (excepción de los empleados en Abu Dhabi):
- Tipo total: 20% de la remuneración bruta del empleado.
- Distribución: 5% corre a cargo del trabajador, el 12,5% a cargo del empresario y un 2,5% adicional a cargo del Estado.
En Abu Dhabi:
- Tipo total: 26%:
- Distribución: 5% corre a cargo del trabajador, el 15% a cargo del empresario y un 5% adicional a cargo del Estado.
Las cotizaciones están sujetas a una cuantía salarial mínima y máxima establecidas por ley de 1.000 AED y 50.000 AED, respectivamente.
Para los demás nacionales del CCG que trabajan en los Emiratos Árabes Unidos, las cotizaciones a la seguridad social se determinan de acuerdo con la normativa de seguridad social de su país de origen. El empleador es responsable de retener y remitir las cotizaciones a la seguridad social de los empleados junto con la parte correspondiente al empleador.
El 1 de febrero de 2020 se puso en marcha un Plan de Ahorro de los Empleados en el Lugar de Trabajo del DIFC (DEWS):
- Objetivo: proteger los ahorros a largo plazo de los empleados.
- Contribuciones:
Los empleadores deben realizar contribuciones mensuales al DEWS o a un plan alternativo regulado que cumpla con los requisitos.
- El porcentaje de contribución es del 5,83% o 8,33% del salario base del empleado, dependiendo de la antigüedad del trabajador.